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20-07-2023
Nueva Resolución General 5385/2023
Nuevo beneficio para las mercaderías almacenadas en Zona Franca provenientes de países del Mercosur. A través de la Resolución General N.º 5385/2023 se implementó el uso del Certificado de Origen Derivado y estableció los siguientes requisitos:
1-El uso del certificado es voluntario, y los usuarios deben expresar su voluntad mediante la declaración del "Acuerdo Comercial Preferencial" y el "Código de Ventaja" en el momento del registro del ingreso a la Zona Franca o de una operación de transferencia.
2-No será necesario tramitar un Certificado Derivado cuando se exporte toda la mercadería directamente al territorio aduanero general sin intervención de terceros operadores.
3-Si se opta por el uso de un Certificado Derivado, los usuarios deben declarar su voluntad al momento del registro del egreso de la Zona Franca bajo el régimen de importación a consumo con destino al territorio aduanero general, mediante la declaración del "Acuerdo Comercial Preferencial" y el "Código de Ventaja".
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